El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) ha dictado la Resolución 139/2026, introduciendo cambios en la práctica de tramitación de marcas en Argentina mediante la eliminación del uso de los llamados de atención.
Esta modificación sigue el marco procedimental introducido por la Resolución P-583/2025, conforme al cual las solicitudes de marca son examinadas sustantivamente antes de su publicación en el Boletín de Marcas.
Bajo la práctica anterior, terceros podían presentar llamados de atención para alertar a la Oficina de Marcas acerca de posibles conflictos u objeciones respecto de solicitudes de marca pendientes. Si bien estas presentaciones no constituían objeciones formales, eran utilizadas en la práctica antes del examen de fondo para llamar la atención del Examinador sobre posibles fundamentos que podrían impedir la concesión de la marca. El Examinador podía desestimar dichos argumentos o bien emitir una vista basada en ellos.
La Resolución 139/2026 establece que los llamados de atención ya no serán admitidos para solicitudes de marca presentadas a partir del 1 de marzo de 2026. Cualquier objeción de terceros deberá en adelante canalizarse mediante oposiciones formales.
La Resolución también elimina la conversión automática de oposiciones no ratificadas en llamados de atención. Si no se abona la tasa de mantenimiento correspondiente, la oposición caducará y el procedimiento administrativo de oposición no será iniciado.
Estas medidas tienen por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de tramitación marcaria en Argentina bajo el nuevo sistema de examen previo a la publicación.

