La Oficina de Patentes de Argentina ha emitido la Resolución 142/2026, introduciendo una importante modificación al marco procedimental establecido por la Resolución 56/2016 en relación con el examen acelerado de patentes basado en solicitudes extranjeras correspondientes.

Como antecedente, la Resolución 56/2016 permite a los solicitantes de patentes en Argentina invocar voluntariamente reivindicaciones concedidas en solicitudes de patente extranjeras correspondientes con el fin de facilitar y potencialmente agilizar el examen de fondo ante la Oficina de Patentes de Argentina, siempre que se cumplan determinados requisitos.

Bajo el régimen anterior, los solicitantes solo podían solicitar la aplicación de la Resolución 56/2016 antes del inicio del examen de fondo. La Resolución 142/2026 amplía significativamente esta posibilidad al permitir que los solicitantes invoquen este mecanismo en cualquier etapa del trámite, antes de la decisión final, incluso después de que el examen de fondo haya comenzado.

Esta modificación brinda a los solicitantes una mayor flexibilidad estratégica, ya que les permite evaluar la evolución del trámite tanto en Argentina como en el extranjero antes de decidir si conviene basarse en reivindicaciones concedidas en otras jurisdicciones. En la práctica, esto puede resultar particularmente útil en situaciones en las que resultados favorables de examen o reivindicaciones concedidas en el extranjero estén disponibles únicamente después de iniciado el examen en Argentina.

Los restantes requisitos establecidos por la Resolución 56/2016 continúan siendo aplicables. Entre otras condiciones:

  • las reivindicaciones argentinas deben ser iguales o más limitadas que las reivindicaciones concedidas en el extranjero;
  • no debe existir arte previo argentino que afecte la novedad;
  • la materia reivindicada no debe encontrarse excluida de patentabilidad;
  • cualquier observación u oposición de terceros debe haber sido evaluada por el Examinador;
  • la Oficina de Patentes extranjera interviniente debe aplicar estándares de patentabilidad equivalentes a los aplicados en Argentina; y
  • debe abonarse la tasa oficial correspondiente.

La modificación introducida por la Resolución 142/2026 podría generar nuevas oportunidades para solicitantes interesados en optimizar las estrategias de tramitación de solicitudes de patente pendientes en Argentina, particularmente en coordinación con desarrollos ocurridos en jurisdicciones extranjeras.